Con el objetivo central de asegurar el abastecimiento regular de carne vacuna durante todo el año y evitar distorsiones comerciales entre el cierre de un ciclo y el inicio del siguiente, la Secretaría de Agricultura oficializó la apertura del proceso para acceder al cupo de exportación de 20.000 toneladas anuales de carne vacuna deshuesada, enfriada o congelada con destino a Estados Unidos, correspondiente a 2026. Ese cupo tiene un arancel reducido de solo 44 dólares por tonelada.
En la resolución 249/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial y firmada por el secretario de la cartera, Sergio Iraeta, se detalló que el contingente, otorgado por el Departamento de Agricultura de Estados Unidos, comenzará a regir el 1° de enero de 2026. Vale recordar que días atrás se conoció el reglamento hasta el 31 de diciembre de 2029 que se usará para este cupo.
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Indicaron que se toma esta medida “para que la finalización de un ciclo comercial y el inicio del siguiente no afecten el normal desenvolvimiento de la operatoria comercial entre la Argentina y los Estados Unidos”.
La normativa se da a la espera de que finalmente se concrete con el gobierno de Donald Trump una ampliación de la cuota a 80.000 toneladas sin aranceles hacia ese país, lo que sería una buena noticia para la cadena de ganados y carnes.
Según la normativa, el plazo de inscripción para el ciclo 2026 se abrirá a partir de la entrada en vigencia de la norma y se extenderá por diez días corridos. Destacaron que las empresas interesadas deberán realizar el trámite a través de la plataforma TAD, mediante la “Solicitud para acceder a una licencia de exportación – Cuota carnes a Estados Unidos. Ciclo 2026”, y presentar la documentación exigida en los Anexos I y II.
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En este contexto y con el fin de consolidar una “Marca País”, la norma habilita a la Subsecretaría de Mercados Agroalimentarios e Inserción Internacional a otorgar adelantos de cupo, antes de la adjudicación definitiva, “únicamente para aquellas empresas y Proyectos Conjuntos que hubieren superado el control documental”.
Para la categoría Industria, se detalla una extensa nómina de requisitos, que incluye la acreditación de la personería jurídica, la habilitación sanitaria vigente por parte del Senasa, la inscripción en el sistema Siocal, y la presentación de un programa de faena mensual y un cronograma de exportaciones. Además, se exige la identificación de antecedentes de exportación correspondientes a los años 2023, 2024 y 2025, “únicamente de las posiciones arancelarias previstas en el criterio distributivo”.
En el caso de los Proyectos Conjuntos entre frigoríficos y grupos de productores o asociaciones de criadores, el Anexo II fija condiciones específicas. Entre ellas, la presentación de la documentación constitutiva del proyecto, el listado detallado de productores participantes y el volumen de hacienda comprometido, que “deberá satisfacer el total de toneladas dispuesto a exportar”.
La normativa también contempla la participación de proyectos nuevos, que deberán acompañar una descripción detallada de la iniciativa, cartas de intención de importadores y antecedentes en el negocio exportador, mientras que la autoridad de aplicación verificará de oficio que todos los establecimientos cuenten con habilitación sanitaria y matrícula vigente al momento de la publicación de la medida

