El Gobierno redujo a 0% el aporte mensual que las empresas industriales radicadas en Tierra del Fuego, y que están adheridas a la prórroga del régimen especial, debían realizar al Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina (FAMP). La decisión quedó formalizada mediante la Resolución 20/2026 de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
Hasta ahora, ese aporte era una de las obligaciones que las empresas debían cumplir para poder mantener los beneficios del régimen especial que rige en la provincia. Los productos alcanzados por el régimen especial de Tierra del Fuego no pagan el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Sin embargo, desde 2021 debían destinar una parte de ese beneficio fiscal a un fondo específico creado por el Estado nacional, el FAMP.
Ese fondo, denominado Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina (FAMP), se financiaba a partir de ese aporte equivalente al 15% del beneficio que las empresas obtenían por no tributar el IVA. El objetivo declarado fue utilizar esos recursos para financiar proyectos productivos que permitieran diversificar la economía de Tierra del Fuego, históricamente concentrada en la industria electrónica y el ensamblado de bienes de consumo durables.
Con la resolución publicada este miércoles, ese aporte queda reducido a 0%. En la práctica, las empresas continúan accediendo a los beneficios fiscales del régimen pero dejan de realizar la contribución mensual que alimentaba al fondo.
La decisión se adoptó luego de que empresas integrantes de la Unión Industrial Fueguina (UIF) y de la Asociación de Fábricas Argentinas Terminales de Electrónica (AFARTE) plantearan ante el Gobierno que el nuevo contexto económico, marcado por cambios en las condiciones tributarias y arancelarias, afectó la competitividad de los bienes producidos en la provincia. Según esos planteos, el aporte al fondo pasó a representar una carga adicional en un escenario más exigente para la actividad industrial.
En ese marco, los informes técnicos incorporados al expediente administrativo concluyeron que se habían alterado las condiciones existentes cuando se creó el aporte, lo que habilitó al Gobierno a reducirlo.
La resolución aclara, no obstante, que la eliminación del aporte no implica la cancelación de los compromisos asumidos con anterioridad. Las empresas que hayan presentado y obtenido la aprobación de proyectos productivos financiados a través del FAMP deben cumplirlos hasta su finalización. En caso contrario, deberán reintegrar los fondos correspondientes, con los intereses previstos.
